En el juicio por fumigación en Pergamino el Tribunal Federal Oral N 2 de Rosario dictó una sentencia vergonzante a favor del agronegocio.
Foto: Julia Siciliani
Con 7 absoluciones y 2 condenas a prisión condicional cerró el juicio al veneno. En la misma jornada en la que se vive la entrega absoluta de nuestro territorio –esto es, la aprobación en Diputados del Súper RIGI- el Tribunal Federal N 2 de Rosario
dictó una sentencia que deja un profundo sabor a impunidad. Los productores Fernando Cortese, Víctor Tiribó, José Luis Grattone, Carlos Sabatini, Hugo Sabatini, Mario Reinero Roces y Cristian Taboada, fueron declarados absueltos por el delito de contaminación presente en la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos, que prevé una pena de 3 a 10 años de prisión para la persona que, a través del uso de residuos “envenene, adultere o contamine de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general”.
Guillermo Naranjo y Mario Daniel Tocalini, integrantes de la Dirección de Ambiente Rural (órgano de control creado por el Municipio local) a su vez, fueron condenados a dos años de prisión condicional por “estar en las antípodas de su deber como funcionarios públicos”. “No hay que quebrarse ante tanta impunidad-,” señaló Sabrina Ortiz, referencia máxima de la lucha de las comunidades afectadas. “Vamos a seguir luchando hasta que haya condenas, y dejen de enfermarnos», agregó.
Tras una serie de dilaciones y cinco meses de audiencias, el histórico juicio al veneno por las fumigaciones en Pergamino, llevado a cabo en los Tribunales Federales de Rosario llegó a su fin. Un proceso que se demoró años, en el que se presentaron más de 60 testimonios y pruebas. Una instancia en la que la querella, bajo el patrocinio de los abogados Carlos González Quintana y Fernando Cabaleiro logró demostrar la tipicidad de los delitos y pidió penas de prisión efectiva e inhabilitación contra
productores, aplicadores e ingenieros agrónomos acusados de contaminar el ambiente y poner en riesgo la salud pública.
Un juicio en el que habló la Ciencia Digna, a partir de la contundencia de las pruebas presentadas, en el que la Inspección Ocular (aprobada por el tribunal por unanimidad), convirtió al territorio fumigado en prueba.
Un proceso que define una frontera ética: de un lado, la impunidad del agro-negocio; del otro, pueblos fumigados organizados, exigiendo verdad, justicia y no repetición.
Además de las penas de prisión efectiva para los imputados, la querella había alegado por la vigencia de la medida cautelar que protege a Pergamino; una distancia de rescate de 1.095 metros de exclusión para fumigaciones terrestres y 3.000 metros para aplicaciones aéreas respecto de la planta urbana y periurbana. Pero también, que esa protección se extienda a escuelas rurales, pueblos y parajes, porque la salud colectiva no puede depender de la voluntad del agro-negocio.
«Alegamos porque fumigar sobre casas, escuelas, patios y fuentes de agua no puede ser una infracción administrativa ni una desgracia inevitable. Es violencia ambiental. Es impunidad
productiva. Es sacrificar los cuerpos-territorios. Es delito”, señalaron los letrados que acompañaron a Sabrina Ortíz, víctima y querellante.
A los 34 años, Sabrina tenía en el cuerpo glifosato (herbicida pilar del modelo comercializado por Bayer/Monsanto) y lambdacialotrina, un insecticida de la marca syngenta en una cantidad 58 veces más alta de lo tolerable. Fiamma, su hija mayor,
atravesó cinco cirugías y debió estar en silla de ruedas víctima de una extraña patología llamada steomielitis crónica que genera quistes en los huesos.
Alegamos porque fumigar sobre casas, escuelas, patios y fuentes de agua no puede ser una infracción administrativa ni una desgracia inevitable. Es violencia ambiental. Es impunidad
productiva. Es sacrificar los cuerpos-territorios. Es delito
Su hermano Ciro ostenta record de agroquímicos en sangre. La causa se inició en 2018 cuando por primera vez Sabrina (que ya padeció dos ACV isquémicos) fue escuchada en el Juzgado Federal Nº 2 de San Nicolás a cargo de Carlos Villafuerte Ruzo. Basado en un estudio de la Estación Experimental Agropecuaria Balcarce que constató la presencia de 18 moléculas de plaguicidas en el agua, -más de la mitad considerados cancerígenos-, el juez dictaminó a través de una medida cautelar la suspensión de las pulverizaciones. Un informe de la Corte Suprema, en tanto, determinó que el agua no es apta para consumo humano. Sobrevinieron años de vaivenes judiciales y de tratamientos médicos de sus hijos.
Aquello que convenimos en llamar justicia evidenció una vez más no llegar siquiera tarde. Los condenados de la tierra, las comunidades que siguen siendo quienes ponen los enfermos y los muertos, -prueba viviente de un modelo de producción
contaminante- quedan huérfanos de justicia hoy.